Cómo se valora
Hacienda publica cada año unas tablas de precios medios de venta por marca y modelo. A ese precio se le aplica un porcentaje según los años del coche:
| Antigüedad | Porcentaje |
|---|---|
| Hasta 1 año | 100 % |
| 1 a 2 años | 84 % |
| 2 a 3 años | 67 % |
| 3 a 4 años | 56 % |
| 4 a 5 años | 47 % |
| 5 a 6 años | 39 % |
| 6 a 7 años | 34 % |
| 7 a 8 años | 28 % |
| 8 a 9 años | 24 % |
| 9 a 10 años | 19 % |
| 10 a 11 años | 17 % |
| 11 a 12 años | 13 % |
| Más de 12 años | 10 % |
Son los porcentajes de 2026 para turismos. La Agencia Tributaria de Andalucía tiene una calculadora con estos precios.
Qué hay que hacer
- Incluir el coche en el impuesto de sucesiones, con el permiso de circulación y la tarjeta de la ITV.
- Cambiar el titular en la DGT a nombre del heredero.
- Si nadie lo quiere, se puede vender o dar de baja.
Preguntas frecuentes
¿Puedo usar el coche mientras se arregla la herencia?
Conviene no hacerlo hasta tener claro el reparto y el seguro en regla. Lo vemos.
¿Y si heredamos el coche entre varios hermanos?
Se puede adjudicar a uno, que compensa a los demás, o venderlo y repartir.
¿Qué pasa si el coche tiene multas o deudas?
Hay que revisarlo antes de aceptar. Las deudas forman parte de la herencia.
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