Los impuestos de una herencia
- Impuesto de sucesionesLo paga cada heredero por lo que recibe, ante la Junta de Andalucía. Incluye los seguros de vida.
- Plusvalía municipalSi en la herencia hay casas, locales o solares en Sevilla, ante el Ayuntamiento.
- La renta del fallecidoLa declaración del IRPF del año del fallecimiento, que presentan los herederos.
Los plazos
El impuesto de sucesiones y la plusvalía tienen un plazo de seis meses desde el fallecimiento. En los dos casos se puede pedir una prórroga, pero hay que solicitarla a tiempo. Presentarlos tarde supone recargos, aunque al final salga poco que pagar.
Lo que conviene saber en Andalucía
En Andalucía, los hijos, los padres y el cónyuge tienen hoy reducciones y bonificaciones muy importantes, y en muchas herencias familiares el impuesto sale muy bajo. Pero hay que presentarlo igualmente, bien hecho y en plazo, para poder aplicarlas.
Hermanos, sobrinos y otros parientes tienen menos ventajas, y ahí los números sí pesan. En esos casos es aún más importante valorar bien y planificar.
Cómo me encargo
- Reviso qué bienes hay y con qué valor hay que declararlos.
- Calculo el impuesto de cada heredero y aplico las reducciones que correspondan.
- Presento el impuesto en la Junta y la plusvalía en el Ayuntamiento de Sevilla.
- Te explico con claridad lo que hay que pagar antes de presentarlo.
Tu caso concreto
- Sucesiones de padres a hijos
- Sucesiones del cónyuge y la pareja de hecho
- Sucesiones entre hermanos
- Sucesiones de tíos a sobrinos
- Herencias sin parentesco
- La vivienda habitual en el impuesto
- Seguros de vida y sucesiones
- Heredar un coche
- Herederos que viven fuera de España
- Sucesiones con discapacidad
- Plazo, prórroga y aplazamiento
- Modelos 650 y 660
- Cuánto se paga de sucesiones
- Plusvalía por herencia en Sevilla
Preguntas frecuentes
¿Quién paga el impuesto de sucesiones?
Cada heredero paga por lo que recibe, no la herencia en su conjunto.
¿Y si no tenemos dinero para pagar los impuestos?
Hay soluciones, como usar el dinero de las cuentas del fallecido para pagarlos o pedir un aplazamiento. Lo vemos antes de que venza el plazo.
¿Hay que pagar plusvalía si la casa ha perdido valor?
Si se demuestra que no ha habido ganancia, no se paga. Lo reviso con los datos de compra.
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