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Herencias en Sevilla

Impuesto de sucesiones si el heredero vive fuera de España

Si heredas de un familiar que vivía en Sevilla pero tú vives en el extranjero, puedes aplicar las ventajas de Andalucía. Te explico cómo y dónde se presenta.

Qué normativa se aplica

  1. Si el fallecido vivía en AndalucíaEl heredero no residente aplica la normativa andaluza, con sus reducciones y bonificaciones.
  2. Si el fallecido vivía fuera de EspañaSe aplica la normativa de la comunidad donde esté la mayor parte del valor de sus bienes en España.

Esto vale hoy para residentes en cualquier país, dentro o fuera de la Unión Europea.

Dónde se presenta

Cuando el heredero no reside en España, el impuesto se presenta ante la Agencia Tributaria del Estado, en su Oficina Nacional de Gestión Tributaria, no ante la Junta.

  • Necesitarás un NIE.
  • Si vives fuera de la Unión Europea, tendrás que nombrar un representante en España.
  • Puedes firmar todo con un poder, sin venir a Sevilla.

Preguntas frecuentes

¿Pago más impuesto por vivir fuera?

No por eso: hoy puedes aplicar las mismas ventajas que un residente en Andalucía, si el fallecido residía aquí.

¿Puede llevarlo todo un abogado de Sevilla?

Sí. Me encargo del impuesto, de la notaría y de los bancos, y te mantengo informado.

¿Tengo que pagar también impuestos en mi país?

Depende del país. Conviene consultarlo allí; te doy la documentación española que necesites.

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